Para entrar en contexto
de lo que ocurre en
Venezuela, debemos hacer un paneo por las leyes, por los organismos y por los
venezolanos.
Partiendo de la premisa legal contenida en el Artículo 62 de
nuestra Constitución, todos los ciudadanos tendríamos el derecho de participar libremente en los
asuntos públicos, directamente o por medio de nuestros representantes elegidos. De acuerdo con el
supra citado artículo, el pueblo participará en la formación, ejecución y
control de la gestión pública que constituiría el medio necesario para lograr
el protagonismo que garantice su completo desarrollo, tanto individual como
colectivo. Además dice que es obligación
del Estado y deber de la sociedad facilitar la generación de las condiciones
más favorables para su práctica. Y si leemos, el Artículo 70, nos encontramos
que, entre otros, son medios de participación y protagonismo del pueblo en
ejercicio de su soberanía, en lo político: la elección de cargos públicos, el
referendo, la consulta popular y la
revocación del mandato. Y en este último supuesto, la revocación de mandato.
Didácticamente hablando, podríamos decir que la revocación del mandato se
ejerce a través del referendo o Referéndum Revocatorio, que es un medio de participación del pueblo
en el ejercicio de uno de sus derechos políticos, para opinar libremente sobre
la permanencia o no, de un gobernante que ha sido previamente electo en
elecciones populares, y esto sólo pueden
hacerlo los ciudadanos inscritos en el
Registro Electoral Permanente del Consejo Nacional Electoral. Estos supuestos están regulados por nuestra
constitución, y lo encontramos textualmente en el artículo 72
que reza: “Todos los cargos y magistraturas de elección popular son
revocables. Transcurrida la mitad del período para el cual fue elegido el
funcionario o funcionaria, un número no menor del veinte por ciento de los
electores o electoras inscritos en la correspondiente circunscripción podrá
solicitar la convocatoria de un referendo para revocar su mandato. Cuando igual
o mayor número de electores o electoras que eligieron al funcionario o
funcionaria hubieren votado a favor de la revocación, siempre que haya
concurrido al referendo un número de electores o electoras igual o superior al
veinticinco por ciento de los electores o electoras inscritos o inscritas, se
considerará revocado su mandato y se procederá de inmediato a cubrir la falta
absoluta conforme a lo dispuesto en esta Constitución y en la ley. La
revocación del mandato para los cuerpos colegiados se realizará de acuerdo con
lo que establezca la ley. Durante el período para el cual fue elegido el
funcionario o funcionaria no podrá hacerse más de una solicitud de revocación de
su mandato...”.
Para la mejor comprensión de la materia en cuestión,
considero pertinente incluso, como punto de mero conocimiento, establecer la
diferencia que existe entre las elecciones y el referendo ( Referéndum ), efectivamente
son dos instituciones electorales totalmente distintas. En las
elecciones se participa para escoger o seleccionar a un gobernante,
llámese Presidente, Gobernador, Alcalde,
Diputados, Concejales, etc., mientras
que en el referéndum se actúa para opinar mediante un sí o un no, sobre un
asunto público.
Como bien observamos, en Venezuela, a la luz de estos supuestos de Derecho estaríamos a la puerta de entrada para hacer
ejercicio de las herramientas jurídicas que tenemos a nuestro alcance para
solicitar, de acuerdo a nuestro ordenamiento el Referendo Revocatorio. Toda vez que una parte de
nuestra población, ciudadanos y ciudadanas en el ejercicio de nuestros Derechos
Políticos, no estamos de acuerdo con la forma de gobierno que
tenemos. En un país, con Estado de Derecho, donde se respetaren
las normas vigentes y en las condiciones en las que se vive en Venezuela,
estaríamos transitando los pasos establecidos para lograr ejercer ese modo
legal de consulta a los ciudadanos para establecer un orden que restableciese
el equilibrio que tanto requiere cualquier nación para desarrollarse y vivir en
paz y concordia. Pero eso no es Venezuela, porque a pesar de contar con
normas interesantes como las ya
comentadas que existen en la columna vertebral de País, su Constitución, tenemos
también la Simplificación de Trámites
Administrativos, contenida y publicada en la Gaceta extraordinaria N°
6.149, de fecha martes 18 de noviembre de 2014, del Decreto presidencial N° 1.423, mediante el
cual se dictó con Rango, Valor y Fuerza de Ley.
Entre sus grandes novedades además de acelerar los procesos
administrativos, está, la presunción de buena fe del ciudadano, la simplicidad, la transparencia, celeridad y
eficacia de la actividad de la administración pública. En el caso que nos ocupa, no se cumple, porque podríamos decir que el
CNE, pudiera estar “avalando”
su retardo o congelamiento del balón en la existencia de vacíos que tiene nuestra legislación en relación con
el referendo revocatorio. Bien es cierto que, tanto la Asamblea Nacional como el Poder Electoral en cuanto al cumplimiento de
la Constitución del país y las normas, tienen una tarea pendiente, como lo
es, la elaboración de un instrumento jurídico
que regule todos los procesos de referendo.
Y que a falta de ley, el Poder Electoral asumiría lo enunciado en la primera disposición
Transitoria de la LOPRE, de elaborar y
publicar resoluciones que contemplen los
procesos de los referendos; todo esto siguiendo lo establecido en el artículo
293 CRBV que le establece sus funciones. Pero como vemos y sabemos, no tenemos
un árbitro imparcial, tenemos uno que recibe un libreto como obra de
teatro, que en vez de simplificar los trámites los
complican, en vez de partir de la presunción de la buena fe de los ciudadanos
que lo solicitan, parten de la mala, buscando
cualquier argumento para entorpecerlo, cero simplicidad, cero
transparencia, cero celeridad y cero eficacia en su actividad como
administración pública. Un retorcido concepto que nos mantiene al borde de la
crispación y que viola en todos sus extremos el concepto de un verdadero Estado de
Derecho. Como sabemos, el CNE, nos volvió a tomar el pelo, no entregó la planilla para recabar las
firmas para el Revocatorio. Según algunas fuentes, disque
ordenaron verificar los elementos presentados por la MUD. Y como todos sabemos, la oposición ha entregado
cuatro veces documentos al CNE con el fin de accionar el Revocatorio y
como respuesta ha obtenido nuevas trabas. Y es que del CNE conjuntamente con el
Ejecutivo Nacional decretando días no laborales, es decir no hábiles, retardan la verificación de firmas para
activación del referendo. Se burlan de los venezolanos y se han convertido en un obstáculo para el ejercicio
de nuestros derechos. Y estamos a la
espera paciente, pero no inactivos, de
la decisión sobre requisitos del
revocatorio para ejercerlo, porque vamos a seguir ejerciéndolo, firmaremos
donde tengamos que firmar, marcharemos donde haya que marchar, protestaremos
donde tengamos que hacerlo y no podrán sacarnos del camino de la legalidad que
es a lo que presumo, están jugando, pretendiendo desesperarnos.
Precisamente por nuestro espíritu democrático no hemos caído en sus trampas. Y
es que la situación de crisis económica,
social y moral que actualmente sufre nuestro país no se podrá resolver de un plumazo ni por
arte de magia y menos con la evidente contumacia del Poder Ejecutivo y el Poder
Judicial violando a todo evento el
ordenamiento jurídico y hasta el orden
natural.
Y me pregunto y les pregunto… a qué es lo que le tienen
miedo ?
Sólo estamos usando esa herramienta jurídica que
introdujeron en nuestra Constitución en 1999 y
que sirve para preguntar al pueblo si están de acuerdo con aplicar el
referéndum revocatorio. Es el principio
de soberanía popular. Es el reflejo
de las bases de la democracia
participativa. Somos el PUEBLO,
somos al final de cuentas quienes
debemos decidir.
Será que el resultado de las elecciones del 6 de Diciembre
de la Asamblea Nacional, le ha hecho
poner sus barbas en remojo y les aterroriza ?
Será que juegan al congelamiento del balón mientras alimentan otros
eventos que puedan detonar un estallido social ?
Somos inocentes y
crédulos pero no pendejos. No hemos nadado tanto para morir
ahogados en la orilla. Basta de ponernos trampas en nuestro camino para realizar el Referéndum Revocatorio. Esto no es una carrera de obstáculos ni es un
petitum ilegal ni golpista. Es nuestro legítimo ejercicio de los Derechos Políticos y ciudadanos establecidos
en la Carta Magna.
Dentro de la Constitución todo, fuera de la Constitución
nada.
Y es que la Constitución es el Camino.
Irma Gómez Párraga.
Twitter @irmagomezp
2 comentarios:
Una muy completa y objetiva vision de la doctora Irma Gomez ante la realidad que hoy nos golpea a todos los venezolanos. Leyendolo tomamos en cuenta las herramientas necesarias para acabar con este desgobierno que nos esta llevando a la lenta muerte como pais. Valiente doctora, siga adelante.
Gracias, muy gentil. Una forma didáctica de hacer llegar a los lectores mi forma de ver las cosas.
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